Una enfermedad, una lesión o una discapacidad no tienen por qué obligarte a dejar tu empleo. Si tu salud te impide hacer tu trabajo como hasta ahora, la empresa tiene la obligación de estudiar si puede adaptar tu puesto de trabajo antes de plantearse despedirte. Es un derecho que muchos trabajadores desconocen y que puede evitar un despido por ineptitud sobrevenida.
Un abogado laboralista te ayuda a pedir la adaptación por escrito, a reclamar si la empresa se niega y a proteger tu empleo. La primera consulta es gratuita.
Contenido revisado por [COMPLETAR: nombre], abogado colegiado nº [COMPLETAR]. Actualizado: [fecha de publicación]
Tu posición actual no define hasta dónde puedes llegar
Es el conjunto de cambios que la empresa realiza para que puedas seguir trabajando pese a tus limitaciones: ajustar tareas, cambiar herramientas o mobiliario, modificar horarios, reducir esfuerzos físicos o trasladarte a otro puesto compatible. Se basa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en la obligación de hacer ajustes razonables para la persona con discapacidad. El cambio de puesto de trabajo a una vacante compatible es una de las medidas posibles.
El artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales protege a los trabajadores especialmente sensibles: quienes, por sus características personales, su estado biológico o una discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida, son especialmente sensibles a ciertos riesgos del puesto. Si la empresa lo conoce, debe tenerlo en cuenta en la evaluación de riesgos y adoptar medidas preventivas específicas, como cambios en las condiciones de trabajo o la reubicación.
Si tus limitaciones son tan graves que no puedes seguir trabajando ni con adaptaciones, puede ser momento de valorar la incapacidad permanente. Y si estás de baja y quieres saber cómo afecta a tu vuelta al trabajo, consulta nuestra página de incapacidad temporal. Un abogado laboralista te ayuda a decidir qué vía te protege más.
1
Que describa tus limitaciones y qué tareas puedes o no puedes hacer.
2
Al servicio de prevención de riesgos de tu empresa, dentro de la vigilancia de la salud, que emite un informe de aptitud con las restricciones necesarias.
3
A tu empresa, adjuntando los informes, y guarda una copia con la fecha.
4
Si la empresa responde por escrito con una propuesta o con una negativa, conserva el documento.
Son los cambios que la empresa hace en tus tareas, herramientas, horarios o ubicación para que puedas seguir trabajando pese a tus limitaciones de salud.
Cualquier trabajador cuyo estado de salud o discapacidad lo requiera, y especialmente quienes tienen la consideración de trabajador especialmente sensible. La petición debe hacerse por escrito y acompañarse de informes médicos.
Sí, tiene la obligación de estudiar la adaptación o la reubicación si es posible y razonable, antes de plantearse medidas más drásticas como el despido. Si demuestra que no es posible sin una carga excesiva, la obligación tiene límites.
Denuncia el incumplimiento ante la Inspección de Trabajo o reclama ante el juzgado de lo social. Si te despiden, impugna el despido en 20 días hábiles.
Pueden intentarlo por ineptitud sobrevenida, pero antes tienen que haber estudiado adaptaciones razonables. Si no lo hicieron, el despido puede ser improcedente o nulo si es discriminatorio.
No tienes que afrontar este proceso solo. Llámanos, escríbenos por WhatsApp o rellena el formulario y te contestamos para concertar tu primera consulta gratuita, en persona o por teléfono.